Todas las mesas asignadas son nuevas y se destinaron locales de votación cercanos al domicilio electoral informado. Entérate de las causales de excusa en caso de ser elegido como vocal de mesa o no asistir a sufragar.
El pasado sábado, el Servicio Electoral dio a conocer información sobre las personas designadas para vocales de mesa y locales de votación para el Plebiscito Constitucional del próximo 4 de septiembre.
También fueron publicadas las mesas y los miembros de colegios escrutadores designados por las Juntas Electorales. Cabe mencionar que todas las mesas son nuevas y de acuerdo con la implementación la Ley 21.385, se modificó la forma de asignar el local de votación a los electores, por lo que destinó uno más cercano a su domicilio.
Cabe recordar también que este Plebiscito es obligatorio y en caso de no asistir a sufragar, sin excusarse, se recibirá una multa de hasta 3 UTM, equivalente a 180.000 pesos, cifra que deberá ser pagada ante el respectivo Juzgado de Policía Local.
Puedes revisar tu mesa, local de votación y si fuiste designado como vocal de mesa o miembro de colegio escrutador, con el rut, en la página web: consulta.servel.cl, llamando al 600-6000-166, o a través de la App para celular del Servicio Electoral: Servel Chile.
Causales de excusas por no asistir a sufragar
En el caso de las personas que no pudieron asistir a votar, para no recibir la multa, deberán excusarse con alguna de estas cuatro causales: Enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día 4 de septiembre a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral y por algún otro impedimento grave que sea debidamente comprobado ante el juez competente.
Causales de excusas en caso de salir asignado como vocal de mesa
Quienes hayan salido elegidos como vocales de mesa tendrán un plazo para excusarse, desde el martes 16, hasta el jueves 18 de agosto. Las excusas deberán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva. Las causales son las siguientes:
Estar ausente del país, encontrarse en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, tener que desempeñar otras funciones como ser apoderado de mesa, en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, tener más de 60 años de edad, estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función acreditada con certificado médico, cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras de sufragios.
Por otro lado, también podrán excusarse, las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación, padres o madres de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras y quienes se desempeñen como cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).








