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‘Es una derogación encubierta’: Tres son los recursos de inconstitucionalidad que esperan pronunciamiento sobre indicación que afecta Ley Lafkenche

Tehuelche Noticias Por Tehuelche Noticias
8 de diciembre de 2024
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‘Es una derogación encubierta’: Tres son los recursos de inconstitucionalidad que esperan pronunciamiento sobre indicación que afecta Ley Lafkenche
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Gobierno, senadores y diputados oficialistas han presentado requerimientos al Tribunal Constitucional cuestionando el artículo 48 del Presupuesto 2025 que suspende procedimientos de la Ley Lafkenche sobre Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios, denunciando violaciones a la Constitución, derechos indígenas y compromisos internacionales.

Tres presentaciones ante el Tribunal Constitucional contra el artículo 48 que afecta la Ley Lafkenche

El artículo 48 del proyecto de Presupuestos 2025, que propone suspender los procedimientos de la Ley Lafkenche relacionados con Espacios Costeros Marinos para Pueblos Originarios (ECMPO), ha generado una ola de requerimientos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

El Presidente Gabriel Boric, junto a su gabinete, lideró una de las acciones, como también, un grupo de senadores y más de 40 diputados del oficialismo, quienes denunciaron violaciones a derechos constitucionales e internacionales.

El Gobierno, representado por el Presidente Boric y los ministros Mario Marcel y Álvaro Elizalde, calificaron el artículo como una «derogación encubierta» que excede las competencias de la Ley de Presupuestos. En su requerimiento, se destacó que esta norma no solo discrimina arbitrariamente a los pueblos originarios, sino que también vulnera principios como la igualdad ante la ley y la iniciativa exclusiva del Presidente en materias legislativas.

“La Ley de Presupuestos no puede ser utilizada para alterar derechos establecidos en normativas permanentes”, señala el documento presentado por el Ejecutivo. La administración Boric subrayó que permitir esta disposición afectaría el equilibrio institucional y sentaría un precedente negativo para la formación de leyes permanentes.

En paralelo, un grupo de 14 senadores: Daniel  Núñez Arancibia, Francisco  Huenchumilla Jaramillo, Claudia Pascual Grau, Yasna Provoste Campillay, María Loreto Carvajal Ambiado, Isabel Allende Bussi, Pedro Araya Guerrero, Paulina Vodanovic Rojas, José Miguel Insulza Salinas, Ricardo Lagos Weber, Juan Ignacio Latorre Riveros, Jaime Quintana Leal, Gastón Saavedra Chandía y Alejandra Sepúlveda Ordenes, presentaron un requerimiento señalando que la suspensión de los ECMPO no solo atenta contra derechos consagrados en la Constitución, sino también contra el Convenio 169 de la OIT. Argumentaron que esta medida representa un retroceso en la protección de los derechos indígenas y en la conservación de ecosistemas clave.

“El Tribunal Constitucional debe garantizar el respeto a los derechos de los pueblos originarios y evitar precedentes que afecten los estándares internacionales en materia de derechos humanos”, advirtieron los senadores. Además, recalcaron que el artículo viola el principio de no regresividad en derechos humanos.

Los senadores destacaron que la suspensión de los ECMPO implica desestimar procesos administrativos avanzados y debilita el equilibrio entre desarrollo sostenible y justicia social. “Estamos frente a una crisis de confianza en las instituciones y en el respeto a las normativas vigentes”, señalaron en su documento.

Por su parte, más de 40 diputados y diputadas, liderados por parlamentarios del Partido Socialista, también interpusieron un requerimiento. Entre los firmantes destacan Emilia Nuyado, Ericka Ñanco, Lorena Fries, Carmen Hertz y Diego Ibáñez, quienes denunciaron que la tramitación del artículo 48 violó los artículos 65, 67 y 69 de la Constitución.

El artículo fue inicialmente declarado inadmisible por la Mesa de la Cámara, pero su decisión fue revocada en el pleno. Posteriormente, el Senado ratificó la disposición sin modificaciones, lo que los legisladores consideraron una grave transgresión al marco constitucional. “Este artículo desnaturaliza la Ley de Presupuestos, afectando derechos fundamentales de las comunidades indígenas”, afirmaron los diputados.

El requerimiento de los diputados solicitó la eliminación del artículo 48, argumentando que su aprobación compromete la protección de los derechos consuetudinarios de los pueblos originarios sobre los espacios marinos. Además, criticaron la falta de análisis exhaustivo en el tercer trámite legislativo, calificando el procedimiento como apresurado y arbitrario.

La controversia subraya las tensiones entre el Ejecutivo, el Legislativo y las comunidades indígenas en torno a los espacios costeros protegidos. “Esto no es solo un problema jurídico, es un retroceso en la garantía de los derechos humanos en Chile”, advirtieron los parlamentarios.

Se espera que el Tribunal Constitucional emita un fallo prontamente, resolviendo una controversia que marcará un precedente en la defensa de los derechos indígenas, la protección de ecosistemas y el respeto al marco legal en la tramitación presupuestaria.

Tags: LEY LAFKENCHETribunal Constitucional
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