¿Cómo diferenciar a un traficante de marihuana y alguien que consume cannabis para fines terapéuticos y medicinales?
Esa es la interrogante que busca contestar y delimitar un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, con el fin de mejorar la persecución penal al narcotráfico y el crimen organizado y que es auspiciado, entre otros parlamentarios, por la diputada Ana María Gazmuri, quien creó hace nueve años la Fundación Daya, institución que se especializa en el tratamiento médico a través de la cannabis y sus derivados, sobre todo para paliar el dolor y que busca “dar respuesta a la creciente necesidad de acceso a nuevas terapias que busquen aliviar el sufrimiento humano”.
El tema no es baladí, ya que cada año son cientos las personas que utilizan de manera terapéutica el cannabis y que se ven enfrentados a largos juicios, donde en la mayoría de los casos son sobreseídos con costos a la Fiscalía y el daño al erario fiscal que eso significa.
Ese parece ser el caso de Demetrio Jiménez, en Coyhaique, quien cumplió más de un año en prisión preventiva y actualmente se encuentra con arresto domiciliario total, una medida cautelar menos gravosa, pero que le impide llevar una vida normal en lo familiar y económico. “Desde el 1 de junio estoy con arresto domiciliario total, no he podido realizarme como ser humano, no he podido trabajar, ni generar ingresos, no puedo llevar a mis hijos al colegio o ver una final con ellos. Creo que la justicia no está haciendo un buen trabajo, en este caso la Fiscalía de Coyhaique, porque claramente nosotros como usuarios medicinales no podemos quedar a la deriva”, precisa.
En ese sentido lo que buscan las modificaciones a la ley 20.000, que sanciona el Tráfico Ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, es delimitar las diferencias entre “factores objetivos para la diferenciación entre tráfico y consumo”, señaló el subsecretario del interior, Manuel Monsalve, en la comisión de seguridad pública del Senado hace unas semanas.
“Demetrio efectivamente perteneció a una agrupación en Coyhaique que era colaboradora de Fundación Daya entre los años 2015 y 2018. Fundación Daya contaba con grupos en todo el país que se acercaban para colaborar dentro de los lineamientos de trabajo que tenía la fundación, con el objetivo de aliviar a tantos pacientes que no encontraban solución en sus tratamientos convencionales y que, con el uso medicinal del cannabis por supuesto que encontraban un camino de alivio”, señala Nicolás Dormal, director de Fundación Daya.

“Por supuesto que entre esos grupos había dirigentes sociales cultivadores de cannabis, médicos, abogados, entre otros que traían todo su conocimiento para enseñarles a los pacientes lo que necesitaban saber sobre la planta y sus usos. Se les enseñaba a cultivar sus propias plantas, así cómo hacer sus preparados y básicamente esa solidaridad existía y sigue existiendo entre las agrupaciones que acompañan a los pacientes”, añade.
En este sentido asesorar a pacientes en el cultivo de cannabis para uso medicinal o en las preparaciones que después pueden realizar con el producto de su cosecha, son prácticas que se encuentran extendidas en toda América Latina y el mundo. “Por supuesto que los cultivadores son experimentadísimos y eso responde a prueba y error con nuevas variedades, ver temas de rendimiento y todo ese conocimiento es el que vuelcan hacia la comunidad de pacientes. La verdad que muchos pacientes terminan siendo expertos cultivadores también. No hay ningún delito en la acción que ejercía Demetrio”, agrega Dormal.
Entretanto la Fiscalía realiza su trabajo para determinar si los cultivos son para uso medicinal o para tráfico, “nos mantienen privados de libertad y son dos años esperando que resuelvan y eso me impide generar ingresos económicos para pagar el colegio de mis hijos. Por eso lo que esperamos como usuarios medicinales y en mi caso particular es la absolución, aunque el daño moral y sicológico ya se hizo, pero que no quede impune para el resto de los usuarios medicinales”, complementa Demetrio Jiménez.
En la ley 20.000 hay vacíos legales, por lo que muchas cosas quedan a criterio de cada juez. “Me tocó a mi pasar por este proceso, era una de las caras más visibles en la región, tengo fotos con diputadas, charlas a nivel nacional, proyectos con la municipalidad de cannabis medicinal aprobado por los concejales, trabajé a nivel nacional en convenio con el consultorio Alejandro Gutiérrez por cannabis medicinal”, agrega quien este jueves inicia su juicio oral.
La Fundación Daya lo continúa apoyando y representando en distintas instancias. Jiménez afirma que ha trabajado con unos 150 pacientes en toda la región “y ahora se va a visibilizar todo, ahora que se podrán mostrar las pruebas, como una carta de la actual diputada Ana María Gazmuri le envía al OS7 de Coyhaique y la Fiscalía, dando cuenta de que Jiménez era un cannabicultor. Es misma carta quiso bajar la Fiscalía, para no demostrar que éramos parte del equipo”, asevera.

La idea de las modificaciones que se pretenden a la ley 20.000 es que cada usuario medicinal se haga cargo de sus plantas y sepa lo que cultiva y fuma, “para no andar comprando en la esquina, que eso genera el tráfico. Creo que la nueva ley a nosotros nos apoya mucho, como ley antinarcos”.
“Estamos mal gastando inmensos recursos públicos y traumatizando a un sector muy considerable de nuestra sociedad que se siente amenazado por ejercer su derecho a cultivar. Obviamente quien cultiva lo que hace es cortar el circulo de nutrir al narcotráfico que es el objetivo que tenemos”, señaló la diputada Gazmuri a radio Universidad de Concepción.
Demetrio Jiménez mantiene fotografías participando en distintos seminarios y como estrecho colaborador de la Fundación Daya. “Nosotros como usuarios y con nuestras recetas, jamás pensamos en pasar por este tipo de situaciones, sin término de investigación, en mi caso a un año y medio”, enfatizó.
La ley 20.000 en su artículo octavo señala que la tenencia de plantas puede estar justificada siempre y cuando “estén destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, caso en el cual se aplicarán sanciones de los artículos 50 y siguientes”. Es decir, multas, asistencia a programas de prevención, participación en actividades a beneficio de la comunidad, entre otras, pero de ninguna manera prisión efectiva.
Las recetas que ha mantenido Jiménez fueron emitidas por tres médicos diferentes, entre ellos el actual delegado presidencial, Rodrigo Araya Morales, “cuando trabajé con él en la fundación, me dio las recetas, me encontró la patología y me hizo saber cómo usar el cannabis y luego estuvimos en seminarios para aprender la dosificación para cada patología”, manifestó.
La ley 20.000 en sus artículos 4,8 y 50, exime de toda penalidad a quien cultiva en su casa para uso personal, “por lo tanto no se le puede exigir a un usuario un permiso que no existe”. Desde el año 2015 son innumerables los fallos en ese sentido, “y ahora ha permeado a los tribunales de todo el país”. Nicolás Dormal dice que la ley no establece límites en cuanto a número de plantas para uso doméstico, y reconoce que se debe avanzar en esa línea, “y ha habido cultivos personales que han salido absueltos por hasta 40 plantas y eso lo hemos visto, el tema es para qué van a ser esas plantas y mientras no haya un reglamento claro que establezca límites, lo único que importa es para qué serán destinados, si son para mi uso personal pueden ser cuarenta y si son para traficar una planta es tráfico y en esa disyuntiva estamos”. En los cultivos medicinales muchas plantas en realidad son plantines, es decir, esquejes que luego se seleccionan, ya que mueren, se enferman y otras no producen.
Respecto a Jiménez precisa que “encontramos un des criterio absoluto que se le esté sometiendo a este proceso injusto, ya que no es un delincuente al contrario siempre ha mostrado una vocación de servicio hacia los pacientes”.
De acuerdo a Nicolás Dormal hay suficiente base jurídica para la absolución de Jiménez, no obstante, desde la Fundación esperan que se avance en el Senado para establecer criterios objetivos de cantidad de plantas de cannabis para uso personal y/o uso medicinal, para generar una clara distinción con el micro tráfico. Esta medida debería hacer más eficiente el uso de recursos del Estado que se “despilfarran persiguiendo los usos personales”.
Cabe señalar que en Chile el 70% de las detenciones son por porte consumo y cultivo y sólo el 30% por delitos de tráfico, es decir, siete de cada 10 personas que son detenidas son por uso personal.
Este medio se contactó con la Fiscalía de Coyhaique, pero al cierre de esta edición, no se pronunció respecto a estos temas.








