«
*Un grupo de diputados realizó la denuncia ante la contraloría para que declare ilegal la polémica acción del organismo.
Diputados de distintas corrientes políticas de Oposición, encabezados por la parlamentaria comunista, Camila Vallejo denunciaron ante la Contraloría General de la República diversas actuaciones de la Dirección del Trabajo (DT), que a su juicio estarían lesionando gravemente los derechos de los trabajadores a través de acciones “ilegales”, entre ellas la promoción de un “finiquito electrónico” que se está empleando como herramienta para despedir a los trabajadores, sin que estos puedan realizar las correcciones correspondientes.
La situación es del todo grave, por cuanto la DT opera como ministro de fe y certifica el acuerdo entre las partes en una acción que no tiene respaldo jurídico ni normativo, ya que el artículo 177 del Código del Trabajo no considera mecanismos electrónicos para estos efectos, sólo escritos, por lo que la Dirección del Trabajo estaría contraviniendo la propia norma legal chilena al respecto.
Para el abogado Samuel Navarro Castro, dirigente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, (ANEF) se trata de un acto ilegal no contemplado en la ley, pero que se promociona a través de la página web de la DT. “La Dirección del Trabajo está autorizando supuestos finiquitos electrónicos en su página web. Esto es relevante y grave, toda vez que el finiquito electrónico no está autorizado legalmente en Chile. Hay un proyecto de ley en tramitación que facultaría a futuro para que la Dirección del Trabajo pudiese hacer, resguardando los derechos de los trabajadores, este tipo de gestiones, pero hoy no está vigente y la DT en su página web lo publicita y permite que los trabajadores no puedan hacer reserva de derechos en el caso que estimen que el finiquito está mal confeccionado o que quedan acciones o derechos no recogidos en ese instrumento”, señala el jurista.
La denuncia de los diputados opositores al Gobierno, advierte que “los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y las normas dictadas conforme a ella”, precisa el documento.
Cabe recordar que hace unos días la propia Dirección del Trabajo envió un instructivo circular que habilita a los empleadores a no pagar remuneraciones y suspender el vínculo laboral con los trabajadores, por causas de fuerza mayor, como en este caso significa un escenario de pandemia, es decir, no es un acto de voluntad del trabajador a quien se carga con las consecuencias económicas de la enfermedad. “En vez de ser una barrera de defensa, de protección, tal como lo ha demostrado en un instructivo circular en el cual facultaba a las empresas por supuestas razones de fuerza mayor, a no pagar las remuneraciones de los trabajadores que estuvieran haciendo cuarentena o que por decisión de la autoridad no pudieran concurrir a su lugar de trabajo”, recordó el dirigente ANEF, Samuel Navarro.
Desde distintas organizaciones sociales y políticas, tales como la Brigada Jurídica Volodia Teitelboim han advertido que, si producto de la contingencia sanitaria un trabajador es despedido, debe hacer reserva de derechos en su finiquito, para luego reclamar judicial o administrativamente. Y para ello debe escribir con letra legible un texto que advierta la situación y la opción de reclamar por nulidad del despido, vulneración de derechos, diferencia de montos consignados o descuentos u otras causas que el trabajador estime necesario establecer.
“De esta forma la Dirección del Trabajo se pone una vez más del lado de los empresarios y no de los trabajadores. Nos parece irresponsable e ilegal esta acción de la DT”, concluyó el abogado.
«







