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Noticia / Crisis en Ecuador: Informe completo Defensoría del Pueblo
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Crisis en Ecuador: Informe completo Defensoría del Pueblo

Thursday, 10 October, 2019


SOBRE ESTADO DE EXCEPCIÓN ECUADOR

OCTUBRE 2019

 

I.                    Antecedentes.

 

El pasado 1 de octubre de 2019, el Presidente Lenín Moreno informó a la población la implementación de una serie de medidas económicas que regirán en el país, entre ellas, el Decreto Ejecutivo Nro. 883, en el cual se resolvió reformar el Reglamento Sustitutivo para la Regulación de los Precios de los Derivados de los Hidrocarburos expedido mediante Decreto Ejecutivo Nro. 338, publicado en el Registro Oficial Nro. 73 de 02 de agosto de 2005. Ante lo cual, varias organizaciones sociales se convocaron en paro nacional.

 

Mediante Decreto Ejecutivo No. 884, del 03 de octubre de 2019, el Presidente de la República dispuso declarar el estado de excepción en todo el territorio nacional, suspendiendo el ejercicio del derecho a la libertad de asociación y reunión; limitando el derecho a la libertad de tránsito; disponiendo la realización de requisiciones; y, el establecimiento de zona de seguridad del territorio nacional, todo ello en los términos detallados en el referido Decreto.1

 

En el mencionado Decreto, el Presidente de la República dispuso la movilización en todo el territorio nacional, para que las entidades de la Administración Pública, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional ejecuten actividades para mantener el orden y prevenir acontecimientos de violencia, haciendo énfasis en que la movilización de las Fuerzas Armadas es complementaria a las acciones de la Policía Nacional, y que la movilización de la Policía Nacional tendrá por objeto reforzar el control interno para garantizar la integridad y la convivencia pacífica de los/as ciudadanos/as a escala nacional y la intervención emergente ante incidentes flagrantes que vulneren los derechos de las personas.

 

La Defensoría del Pueblo del Ecuador, en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, específicamente de lo establecido en el artículo 215 de la Constitución, inició los procesos tendientes al monitoreo, la protección y tutela de los derechos de los habitantes del país, para lo cual patrocinó acciones de garantías jurisdiccionales; ejerció y promovió la vigilancia del debido proceso; e, inició estrategias y acciones para impedir de inmediato la

tortura, el trato cruel, inhumano y degradante en todas sus formas.

 

En este sentido se han realizado las siguientes acciones:

• Monitoreo del ejercicio de derechos en el contexto del paro nacional y aplicación del estado de excepción.

• Vistas a las Unidades Judiciales de Delitos y Contravenciones, con el objetivo de verificar el estado delas personas detenidas durante el paro nacional, con el fin de que se garanticen sus derechos a la seguridad y a la integridad y se respete el debido proceso.

• Vigilancia del debido proceso en las instancias judiciales por procesos derivados de las

manifestaciones sociales.

• Exhortos a autoridades competentes del Ejecutivo, Corte Constitucional y Asamblea Nacional, a fin de que actúen en el ámbito de sus competencias constitucionales y legales y garanticen el ejercicio de derechos de las personas.

• Pronunciamientos púbicos llamando al diálogo, recordando que la ciudadanía organizada tiene el legítimo derecho de ejercer la protesta social, pero siempre bajo el respeto y la no violencia. Así como llamando a las autoridades nacionales, locales y a la fuerza pública para que se respete la movilidad de los pueblos indígenas y se precautele la seguridad de la población ecuatoriana en general, en el marco de defensa de los derechos humanos.

 

1. Decreto Ejecutivo No. 884, de 03 de octubre de 2019, file:///Users/isabelespinosa/Downloads/d_884_20190903160030.pdf.

 

• Visita del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes a la Zona de Aseguramiento Transitorio de la Unidad Judicial Penal con Competencia en Infracciones Flagrantes con sede en la Parroquia Mariscal Sucre (Quito).

• Visita del Defensor del Pueblo a las Provincias de Tungurahua, Chimborazo y Cotopaxi, con el objetivo de buscar mecanismos de diálogo con autoridades locales, dirigentes indígenas y población en general, así como verificar el estado en el que están las personas detenidas, retenidas, dueños/as de locales saqueados y ciudadanos/as heridos/as. Esto, en el marco de que la violencia no se extienda y se garanticen los derechos de todas las personas que habitan el Ecuador. Adicional a ello, la Defensoría del Pueblo del Ecuador ha exhortado al Ministerio de Gobierno para que proporcione información sobre las personas detenidas en el marco del paro nacional y estado de excepción,

información que fue brindada el jueves 03 de octubre de 2019 y actualizada el 06 de octubre de 2019, mediante Oficio Nro. MDG-2019-2577-OF.

 

Con estos antecedentes, la Defensoría del Pueblo del Ecuador emite el siguiente informe ejecutivo con el fin de exponer la información preliminar levantada durante los primeros 4 días de movilización, con el objetivo de exigir a las autoridades competentes que actúen en el marco de sus atribuciones a fin de asegurar la plena vigencia de los derechos humanos, el respeto a las disposiciones constitucionales y legales vigentes, así como las obligaciones internacionales del Estado ecuatoriano en materia de derechos humanos.

 

II.                  Violencia producto de las medidas económicas adoptadas por el gobierno.

 

Las medidas económicas anunciadas por el Presidente de la República el pasado 1 de octubre produjeron un clima de violencia en el país. De la información obtenida por las Coordinaciones Zonales y Delegaciones Provinciales se destaca:

• La Delegación de Pichincha reportó que de las personas detenidas en Quito, algunas fueron brutalmente agredidas en los rostros y cuerpo, de las cuales se registraron dos personas con discapacidad, una persona que requería medicación por tratamiento de demencia y ansiedad, una persona portadora de VIH, cuatro adolescentes, tres de género masculino de 16 y 17 años y una mujer de 16 años que tenía rota la cabeza. Se reporto además una persona perdió un ojo por un disparo

presumiblemente de bomba lacrimógena, también varias agresiones a periodistas ocasionadas en su gran mayoría por miembros de la fuerza pública.

• Se evidenció que las personas detenidas fueron en su mayoría de género masculino.

• En la ciudad de Guaranda, el viernes 4 de octubre se presentaron hechos violentos entre manifestantes y policía nacional en la Gobernación provincial, producto de ello fue detenido el estudiante Jairo Salazar, quien fue sentenciado con cinco días de prisión.

• En Cañar se registraron 17 jóvenes golpeados, un hospitalizado y al menos 3 casos ingresos violentos de la Policía Nacional a propiedad privada.

• En Cotopaxi se observó una constante represión militar y policial hacia los/as manifestantes. hubo 3 detenidos con heridas graves y una persona con lesión permanente ocular causada por un perdigón.

• En El Oro se registraron fuertes enfrentamientos entre manifestantes y policía, siendo la provincia con mayor intensidad en relación al conflicto a nivel de la región Costa.

• En Milagro el momento más complejo se vivió el jueves 3 de octubre, en la tarde, cuando la Policía Nacional reprimió de forma violenta a más de 300 manifestantes.

• En Imbabura, grupos como la Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas, Federación Indígena y Campesina de Imbabura, Pueblo Kichwa Caranqui y otras organizaciones, fueron reprimidos por las Fuerzas Armadas, principalmente en el sector de Zuleta y Yahuachi, de ellos se conoce que hay heridos atendidos por el Ministerio de Salud Pública y otros enviados a la ciudad de Quito.

• En Loja, se registró una intensificación en Saraguro. No hubo personas detenidas, pero 6 resultaron heridas después de un episodio de represión.

• En Pastaza, el domingo 6 de octubre, ingresaron 200 militares a territorio comunitario, disparando bombas lacrimógenas. Hubo enfrentamientos entre las comunidades y las Fuerzas Armadas, se constató el uso de perdigones y bombas lacrimógena,as afectando a niñ/asos, mujeres embarazadas, personas adultas mayores y personas con discapacidad.

• En Sucumbíos, desde el 4 de octubre, se registró en el cantón Lago Agrio la presencia de manifestantes y fuerza pública.

• En Tungurahua, el viernes 4 de octubre se registraron hechos de violencia entre manifestantes y Policía Nacional.

Por su parte, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes realizó un informe de la visita a la Zona de Aseguramiento Transitorio de la Unidad Judicial Penal con Competencia en Infracciones Flagrantes con sede en la Parroquia Mariscal Sucre (Quito) – Unidad de Flagrancia – (en adelante ZAT), en relación a las personas detenidas en la jornada de protestas que se llevarónn a cabo desde el 03 de octubre de 2019, en la ciudad de Quito, el cual se anexa al presente.

 

Del referido informe se destaca lo siguiente:

 

- Se realizaron entrevistas a las personas detenidas que se encontraban en el subsuelo de la Unidad de Flagrancia y a quienes permanecían en las celdas de la ZAT. Mencionaron que existió uso excesivo de la fuerza por parte de la policía al momento de la detención, pues fueron objeto de golpes e insultos.

- Señalaron que la policía detuvo tanto a manifestantes y a quienes no lo eran, sin indicarles los motivos de la detención, ni tampoco informarles sobre sus derechos.

- Tampoco fueron trasladados a la unidad de flagrancia de forma directa e inmediata, sino que los llevaron a la UPC de Carapungo, UPC de Calderón y a la UPC Manuela Sáenz, en donde permanecieron desde la hora de su detención (11h00 aproximadamente en algunos casos y desde las 17h00 en otros casos), hasta las once de la noche que fueron trasladados al ZAT de la Unidad de Flagrancia ubicada en la Av. Patria.

- Las personas detenidas que permanecieron en la UPC de Carapungo y Calderón manifestaron que, en este lugar, fueron golpeados por los policías y no se les permitió contactarse con sus familiares. En el caso de las personas que permanecieron en la UPC Manuela Sáenz, durante la entrevista colectiva, señalaron que fueron amenazados por parte del personal de la policía. Así también, algunas personas manifestaron que recibieron malos tratos físicos y verbales y cierto personal de la policía les habría indicado que serían liberadas las personas que accedieran a recibir tres disparos de perdigones.

- En la entrevista colectiva, la mayoría de personas detenidas informó que los agentes aprehensores no se identificaron al momento de la detención. A pesar de esto, los agentes policiales dieron lectura de sus derechos. Sin embargo, nunca señalaron de forma clara los motivos de la detención, únicamente mencionaron el artículo correspondiente al tipo penal.

- Las PPL manifestaron que al ingreso a la ZAT, se les realizó un cacheo físico, sin desprendimiento de vestimenta, para impedir el ingreso de sustancias o instrumentos prohibidos. Posteriormente, en algunos casos, se les hizo una revisión física en el consultorio de salud de la unidad de flagrancia.

- A algunas personas se les permitió el uso de la cabina telefónica para realizar una llamada a familiares o abogados; 6 personas accedieron a la llamada desde el celular facilitado por miembros de la policía, 19 se contactaron a través de sus propios celulares antes de que fueran requisados, 8 personas detenidas lograron contactarse con sus abogados a través de los celulares de otros detenidos, así también algunos refirieron no haber podido contactarse con sus familiares.

- Una persona detenida era de nacionalidad venezolana. No tenía la certeza de si fue contactada su embajada o su consulado.

- En el parqueadero de la Unidad Judicial se encontraba un grupo de alrededor de 34 personas que, al momento de la visita, no habían sido ingresadas al ZAT, ya que no existía espacio por el número de personas detenidas. Cabe señalar que la mayoría de personas, a pesar de haber sido detenidas el 3 de octubre de 2019, aún no contaban con su certificado médico ni se les permitió acceder a un abogado/a o defensor/a público/a.

- Las personas detenidas desconocían el tiempo en el que se realizaría su audiencia, pues no tenían acceso a ningún tipo de información, dado que en el ZAT y subsuelo, no existen las pantallas dispuestas en la sala de audiencias y recepción donde se informan las causas y horas respectivas.

- Las personas detenidas que pasaron por la audiencia de flagrancia, señalaron que no tuvieron acceso a un defensor público previamente a la realización de la misma y que algunos los conocieron minutos antes de la audiencia; otro grupo de personas detenidas desde la noche del 3 de octubre, hasta la visita del MNPT, aún no habían tenido acceso a sus abogados particulares o defensores públicos.

- En relación a las audiencias del grupo que no ingresó al ZAT, el Coordinador de Partes indicó que estos no se encontraban aún elaborados pese a que faltaba una hora para la audiencia. Por su parte, la Defensoría Pública designó a seis defensores para un total de 49 personas.

- Entre las personas detenidas se encontraban tres mujeres, las cuales permanecían en el mismo grupo con los hombres.

- Previo el ingreso a la ZAT, las PPL permanecieron en el subsuelo de la Unidad de Flagrancia, donde no existen condiciones necesarias para asegurar el respeto de su dignidad. No existen espacios de espera, el consultorio médico no cuenta con un espacio adecuado para la revisión de las PPL, y tanto la medicación como sus servicios son básicos.

- En relación al certificado médico, fue preocupante para el MNPT observar que las personas detenidas el 3 de octubre de 2019, serían revisadas para la obtención del certificado apenas una hora antes de la audiencia.

- La alimentación es provista por la empresa la Fattoria y es enviada desde el CDP de Quito. Sin embargo, 31 personas detenidas que se hallaban en el subsuelo no habían accedido a alimentos, solo tres desayunaron porque sus familiares les proporcionaron la alimentación.

- En el ZAT existen cinco celdas con una capacidad para 22 personas sentadas; estas cuentan con bancas, más no con camas ni cobijas para pernoctar de ser el caso; tienen ventilación y luz natural, aunque en la noche son espacios fríos.

- De las cinco celdas, dos son para el uso de PPL detenidas por delitos, dos por contravenciones y una para mujeres. En esta última, no existe una separación para quienes fueron detenidas por delitos o por contravenciones.

- Los baños se encuentran al final de las celdas, divididos para el uso de mujeres y para hombres. En los baños de hombres existen tres sanitarios (uno dañado) y una ducha; en los baños de mujeres existen dos sanitarios y una ducha. En el caso de las personas que se hallaban en el subsuelo accedían a los baños del segundo piso, en donde también tomaban agua.

De la información expuesta, se puede concluir que son preocupantes las condiciones en que fueron detenidas las personas, el uso desproporcionado de la fuerza y su permanencia en la ZAT. De la misma manera, el incumplimiento del derecho al debido proceso en las detenciones realizadas.

 

III.                Verificación de que el estado de excepción no ha cumplido su propósito.

 

De la información remitida por el Ministerio de Gobierno, mediante Oficio Nro. MDG-2019-2577-OF de 06 de octubre de 2019, se evidencian las siguientes cifras de personas detenidas en el contexto de la manifestación social:

LUGAR NÚMERO DE PERSONAS DETENIDAS

Los Ríos 2

Bolívar 2

Imbabura 34

Loja 3

Manabí 7

Cañar 17

Cotopaxi 21

Tungurahua 6

Pastaza 4LUGAR NÚMERO DE PERSONAS DETENIDAS

Esmeraldas 12

Pichincha 9

El Oro 3

Azuay 24

Guayas 1

Chimborazo 11

Distrito Metropolitano de Guayaquil 142

Distrito Metropolitano de Quito 142

Zamora Chinchipe 2

Orellana 10

Sucumbíos 33

 

TOTAL 485

 

Se evidencia un total de 485 personas en el contexto de paro nacional y de la declaratoria de estado de excepción, durante el 3 y 4 de octubre de 2019. Las detenciones masivas iniciaron después de declarado el estado de excepción.

En el paro nacional de agosto de 2015 se registró un total de 123 personas detenidas a escala nacional, de acuerdo a lo publicado en el portal web de la Fiscalía General del Estado.

 

IV.                Conclusiones

 

El anuncio de la implementación de medidas económicas, a través del decreto presidencial 883, provocó la convocatoria a un paro nacional, anunciado en primera instancia por los sectores organizados del transporte y que, posteriormente, contó con el apoyo de organizaciones estudiantiles, mujeres y trabajadores/as, entre otros movimientos sociales. Esta medida ha sido sostenida y radicalizada por el movimiento indígena del Ecuador.

Los datos señalados en el informe técnico de la Defensoría del Pueblo, dan cuenta del incremento sistemático del espiral de violencia, así como del uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía Nacional y las Fuerzas

Armadas, cuyo accionar ha estado amparado en la declaratoria de un Estado de Excepción, que además de restringir derechos, no ha sido efectivo para mantener el orden y la seguridad, sino, al contrario, ha justificado actuaciones atentatorias en contra de los derechos humanos.

Este contexto de represión y uso indebido del derecho penal ha sido el de mayor intensidad en los últimos años.

Por ejemplo, durante la Marcha por el agua y la vida, protesta desarrollada en el 2015, se registraron 123 personas detenidas en 4 días de protesta a escala país. Este resultado es inferior al actual, ya que hasta el momento se han registrado 485 detenciones.

Es importante resaltar que la fuerza pública expuso a los/as ciudadanos/as a contextos de privación arbitraria de la libertad, tratos crueles, inhumanos y degradantes y hasta actos de tortura. Conforme los datos levantados, por ejemplo en Quito, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura evidenció que el 96% de los privados de libertad entrevistados presentaban golpes y heridas ocasionadas durante la detención. Además, no se respetaron los protocolos de actuación frente a las mujeres detenidas ni a los grupos de atención prioritaria como adolescentes o personas con discapacidad.c

Si bien el procesamiento penal es reducido (cerca de un 18% de las detenciones), este bajo índice de casos en los cuales se ha iniciado el proceso penal formal, únicamente evidencia la falta de prolijidad con la cual ha actuado la Policía Nacional en los operativos de control de orden público.

La Institución Nacional de Derechos Humanos ha sido testiga de la violenta represión en contra de las personas que se encuentran ejerciendo su derecho a la protesta social, en especial, en contra de los miembros del movimiento indígena del país en Pichincha, Imbabura, Cotopaxi, Pastaza, Tungurahua, Chimborazo y Azuay.

Asimismo, se ha podido evidenciar que la información alrededor de los hechos señalados, no ha sido expuesta masivamente a la ciudadanía, situación que pone en peligro los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas, generando un contexto de impunidad.

 

Por lo expuesto, la Defensoría del Pueblo exhorta:

 

1. Al Presidente de la República a que, de manera inmediata, derogue el decreto de Estado de Excepción, toda vez que no ha sido efectivo para controlar el espiral de violencia y, por el contrario, ha sido una causa para el aumento de la violencia en varias zonas del país y un limitante para alcanzar acuerdos que permitan retomar la calma.

2. Al Gobierno Nacional a propiciar las condiciones necesarias para instaurar un diálogo oportuno, garantizando la participación ciudadana en la toma de decisiones e igualdad de condiciones, con el objetivo de devolver la calma al país en el marco de un efectivo ejercicio de los derechos. Esto para evitar que una radicalización de posturas provoque el incremento de violencia, muertes y conmoción social.

3. A la fuerza pública y a las organizaciones sociales movilizadas a propiciar un ambiente de paz y respeto a los derechos humanos, con el fin de evitar una escalada de violencia con consecuencias irreversibles.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo enfatiza en la necesidad de consolidar a nuestro país como un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya base democrática por ningún motivo debe ser amenazada ni utilizada con fines políticos ni intereses particulares de grupos que buscan desestabilizar la institucionalidad del Ecuador.

 

Dr. Freddy Carrión Intriago

DEFENSOR DEL PUEBLO

Autor: Defensoría del Pueblo Ecuador


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