Monday, 10 August, 2020
La Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización equivalente a unos 95 millones de pesos a víctima del actuar negligente de Carabineros en el año 2012, en el marco del movimiento social “Aysén tu Problema es mi Problema”.
“Este fallo ubica a Marcelo Hernández en el lugar que le corresponde, que es el de víctima y, por lo tanto, señala, sindica inequívocamente que el Estado es culpable, producto de una actuación de un órgano o entidad del Estado, en este caso Carabineros de Chile, que a través de uno de sus funcionarios percuta el gatillo que deja en minusvalía y ceguera en uno de sus ojos y de manera permanente a Marcelo Hernández, quien en ese instante, ni antes, ni después cometió delito, ilícito o falta”, señala el abogado de Derechos Humanos y representante de la víctima, Cristian Cruz.
Lo que también señala el fallo es que un ciudadano, tras el actuar policial, no puede terminar con estos daños, “el proceder policial no implica una carta blanca, que coloque al resto de los ciudadanos en peligro, por el contrario el proceder policial tiene como función el bien de la ciudadanía y su protección”, agrega Cruz.
Intendenta y Carabineros debe pedir disculpas
Lo que determina la sentencia es que el Estado es el responsable “y por lo tanto invitamos a la representante del Estado en la zona que es la Intendenta, la que era gobernadora o tenía un cargo relevante en 2012 (Seremi Desarrollo Social), queremos que hable, que pida disculpas en nombre del Estado, debe haber una reparación moral y que además, el jefe de carabineros se acerque a la víctima y pida disculpas”, exige Cristian Cruz.
A su vez, es exigible conocer los nuevos protocolos de actuación policial para que hechos como este no se vuelva a repetir, como lamentablemente ha ocurrido en otras zonas del país y en manifestaciones ciudadanas posteriores.
El fallo advierte "que, si bien en los casos justificados y que sea necesario, Carabineros de Chile está autorizado por nuestro ordenamiento jurídico para hacer uso de la fuerza, la institución resulta responsable cuando ese uso no resulta adecuado a los fines buscados -el restablecimiento del orden público- o cuando de su actuar derivan consecuencias alejadas de dicho fin, que pudieron ser evitadas por la institución".
Y luego el veredicto plantea que “en el presente caso, no se encuentra discutido que el elemento que causó la lesión sufrida por el actor corresponde a un balín de goma proveniente de un cartucho antidisturbios disparado por un funcionario de Carabineros el día de los hechos”.
Cabe recordar que el propio general director de Carabineros de la época, Gustavo González, reconoció en la Cámara, que varios uniformados lanzaron piedras contra las viviendas en localidades de la región de Aysén, especialmente la ciudad porteña. “No sólo se trata de Marcelo Hernández, Teófilo Haro, Claudio Gallardo, Guillermo Piocol o Marcelo Nahuelquín, es de esperar que este fallo permita ver cómo responde una institución, cómo lo hace, porque responde el Estado. En la medida que no se adopten disposiciones que tiendan a inhibir la repetición esto va a seguir ocurriendo, porque aparentemente a Carabineros le sale gratis, ni un costo y lo terrible de todo esto es que ese Carabineros de Fuerzas Especiales que disparó, recibía una asignación de zona, es decir, tenía un premio extra para lesionar a un civil y no hay sanción”.
El jurista señala que este fallo puede ser un antecedente para las víctimas de la revolución popular de octubre de 2019.
En la sentencia (causa rol 306-2020), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Leopoldo Llanos y los abogados integrantes Julio Pallavicini y Pedro Pierry– estableció responsabilidad del Estado por falta de servicio con que actuó de Carabineros en el restablecimiento del orden público.
Cabe mencionar por último que en 2018 el Tribunal Militar condenó al coronel Víctor Follert por disparar a Teófilo Haro, a ocho años de presidio efectivo, por hechos similares ocurridos entre febrero y marzo de 2012 en Puerto Aysén.
Autor: Tehuelche Noticias
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