Thursday, 10 October, 2019
Este beneficio es requisito para recibir el Aporte Familiar Permanente
(ex Bono Marzo), el que se paga todos los años a partir de febrero.
Por estos días el Instituto de Previsión Social, IPS y su red de atención ChileAtiende, se encuentra realizando el llamado a todas las familias ayseninas a revisar la vigencia de su adscripción al Subsidio Único Familiar (SUF), beneficio que tiene una duración de tres años contados desde el mes en que se comenzó a percibir.
El SUF está destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional. El monto del Subsidio Familiar es de 12 mil 364 pesos por carga familiar. No obstante, el monto que generan los causantes inválidos es el doble (24 mil 728 pesos).
Además las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
Las solicitudes de Subsidio Familiar se puede realizar durante todo el año y deben ser presentadas ante la municipalidad correspondiente, la que se encarga de comprobar la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos y antecedentes.
Con motivo de este llamado, el director regional del Instituto de Previsión Social Aysén, Carlos Rodríguez, reiteró que de “estar extinto el Subsidio Único Familiar, las personas pierden automáticamente el derecho a recibir el próximo año el Aporte Familiar Permanente. Cabe señalar que este beneficio en la región fue cobrado por cerca de 11 mil familias, aún así, siempre quedan algunos sin cobro, por lo que llamamos a todos quienes tengan dudas respecto de éste y otros beneficios del Estado a acercarse a su oficina ChileAtiende más cercana y consultar”.
¿Qué necesito para hacer el trámite de solicitud del SUF?
Consulte directamente en su municipalidad. Por lo general, los documentos solicitados son:
· Certificado de nacimiento del menor.
· Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
· Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
· Fotocopia de cédula de identidad, de la madre que desee postular al subsidio maternal.
· Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
· En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
· Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
Autor: IPS
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