Wednesday, 15 July, 2020
La Corte Suprema de Justicia se pronunció a favor del recurso de casación interpuesto por SERNAPESCA, y de esa manera, anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que absolvía a la empresa Salmones de Chile S.A, de la sanción de comercialización de harina de pescado ilegal, impuesta por el 2° Juzgado de Letras de Coronel.
La fiscalización que originó la denuncia se remonta a septiembre de 2015, cuando en bodegas de la empresa PROSESA S.A., ubicadas en el Parque Industrial Escuadrón II de Coronel, inspectores de Sernapesca detectaron sacos de harina de pescado por un total de 918,81 toneladas y 437,77 toneladas de aceite de pescado que no contaban con documentación que acreditara su procedencia legal, razón por la cual Sernapesca denunció en tribunales a la comercializadora Salmones Chile Alimentos, y a la pesquera Bahía Coronel, que maquiló la sardina y anchoveta usada para la producción de harina.
En consecuencia, la empresa denunciada fue condenada al pago de una multa de 250 Unidades Tributarias Mensuales ($12.580.500, al mes de julio) y el comiso de los productos incautados que importó una pérdida comercial para la infractora del orden de $754 millones de pesos.
Jessica Fuentes, Subdirectora Jurídica del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, destacó la sentencia definitiva, indicando que “la Corte Suprema da la razón a Sernapesca y aclara el alcance de nuestra labor fiscalizadora, asegurando que todos quienes se encuentran en la cadena de captura, procesamiento y comercialización de la pesca, tienen igual deber de acreditar el origen legal de sus recursos y productos”.
Esta causa era parte de un conjunto de denuncias que Sernapesca interpuso contra otras empresas vinculadas a la producción y comercialización de harina de pescado en la región del Biobío y se relaciona con el llamado “Caso Harinas”, donde fruto de un detallado cruce de información y análisis de datos de los fiscalizadores del Servicio, se incautaron más de 7 mil 500 tonelas de harina de pescado sin acreditación de origen legal. Dicho producto se consideró equivalente a 40.000 toneladas de materia prima (sardina común, anchoveta y otras especies), aproximadamente.
Modernización de Sernapesca
La infracción que fue sancionada solo con una multa, por la época en que se descubrieron los hechos, hoy constituye un delito tras haber sido modificada la ley de pesca por la ley 21.132 que moderniza y fortalece la función pública de Sernapesca. Así las cosas, la falta de acreditación de origen legal por parte de procesadores y comercializadores respecto de recursos colapsados o sobreexplotados (es el caso de la Anchoveta actualmente en la región del Biobío) actualmente constituye un delito cuya pena puede llegar a 2.000 UTM y presidio menor en su grado mínimo a máximo.
Jéssica Fuentes, resaltó también que “este es un espaldarazo a los lineamientos que el servicio ha adoptado, en orden a denunciar no sólo a quienes fiscaliza en forma presencial, sino a aquellos respecto de los cuales los diversos antecedentes documentales o cruce de información aparecen sindicados como infractores”.
Autor: Sernapesca
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