{"id":23157,"date":"2022-09-15T23:16:19","date_gmt":"2022-09-16T02:16:19","guid":{"rendered":"https:\/\/tehuelchenoticias.cl\/nuevo_sitio\/?p=23157"},"modified":"2022-09-15T23:16:22","modified_gmt":"2022-09-16T02:16:22","slug":"sector-comercio-18-y-19-de-septiembre-son-feriados-obligatorios-e-irrenunciables-de-fiestas-patrias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tehuelchenoticias.cl\/nuevo_sitio\/2022\/09\/15\/sector-comercio-18-y-19-de-septiembre-son-feriados-obligatorios-e-irrenunciables-de-fiestas-patrias\/","title":{"rendered":"<strong>Sector comercio: 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables de Fiestas Patrias<\/strong><strong><\/strong>"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>El viernes 16 de septiembre es feriado legal, pero al no ser obligatorio ni irrenunciable, el comercio en general puede abrir.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>La Direcci\u00f3n del Trabajo tendr\u00e1 habilitado el tel\u00e9fono 6004504000 y\u00a0<a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"http:\/\/www.direcciondeltrabajo.cl\/\" target=\"_blank\">www.direcciondeltrabajo.cl<\/a>\u00a0para la realizaci\u00f3n de denuncias. Las multas para los empleadores\/as que no respeten los feriados de 18 y 19 de septiembre oscilan entre 5 y 20 UTM por trabajador\/a.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En un punto de prensa realizado en el supermercado regional Marvin de Coyhaique, el Seremi del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, Rodrigo D\u00edaz junto a la Directora regional Victoria Sierra, de la Direcci\u00f3n del Trabajo, y a la due\u00f1a del local, Sonia Quiroga, se aclararon las dudas con respecto a los d\u00edas feriados del viernes 16, domingo 18 y lunes 19 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Los d\u00edas 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables<\/strong>&nbsp;<strong>para el sector comercio,<\/strong>&nbsp;dispuesto por la ley 19.973, incluidos para quienes se desempe\u00f1an en las denominadas \u201ctiendas de conveniencia\u201d que funcionan adosadas a los servicentros, en la medida que la actividad que estas realicen se limite a la venta de productos y mercader\u00edas y no alimentos preparados all\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cRecordar a todos los trabajadores del comercio que este 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para el comercio, es decir, deben descansar obligatoriamente este domingo y este lunes. Su descanso debe partir a las 21 horas del d\u00eda s\u00e1bado 17 de septiembre y puede comenzar a trabajar reci\u00e9n a las 6 de la ma\u00f1ana del d\u00eda 20 de septiembre. Hacemos un llamado a los empleadores a respetar este feriado legal, irrenunciable y obligatorio para los trabajadores de nuestra regi\u00f3n de Ays\u00e9n. Estaremos con turno desde las 9:00 a las 14:00 hrs., pueden llamarnos al 6004504000, recibiremos sus denuncias los d\u00edas 18 y 19 de septiembre, para que se respeten sus derechos\u201d, detall\u00f3 la Directora regional del Trabajo, Victoria Sierra.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Siguiendo la misma l\u00ednea, el Seremi Rodrigo D\u00edaz, destac\u00f3 la importancia de respetar los derechos laborales haciendo hincapi\u00e9 en los canales para realizar las denuncias, \u201cComo Ministerio del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, queremos hacer un llamado en estas fiestas y feriados que vienen. El d\u00eda viernes 16 es un feriado normal, en cambio, el 18 y 19 son feriados irrenunciables. Por lo tanto, hacemos un llamado a todos los empleadores para que cumplan con la normativa, para que los trabajadores puedan tener el descanso que la ley les permite y que ojal\u00e1, como ha sido en a\u00f1os anteriores, no tengamos denuncias, somos unas de las pocas regiones que no hemos tenido denuncias a diferencia de lo que ocurre a nivel nacional. En caso de denuncia, los trabajadores pueden recurrir al tel\u00e9fono 6004504000 o la p\u00e1gina web&nbsp;<a href=\"http:\/\/www.direcciondeltrabajo.cl\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">www.direcciondeltrabajo.cl<\/a>. Reitero, lo importante es que la gente lo pase bien, disfrute y se cuide, pero tambi\u00e9n que se respeten los derechos laborales de nuestros trabajadores y trabajadoras\u201d, afirm\u00f3 la autoridad laboral.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las autoridades recalcaron que el viernes 16 es feriado legal pero el comercio puede abrir, siempre y cuando no se trate de trabajadores cuya jornada laboral se encuentre en la figura del art\u00edculo 35 del C\u00f3digo del Trabajo que establece que dichos trabajadores descansan los d\u00edas domingos y los que la ley declare festivos, como es este feriado del viernes 16 de septiembre, \u201cIgualmente aclarar que el d\u00eda 16 de septiembre es feriado legal pero no obligatorio ni irrenunciable para el sector comercio, es decir, podr\u00edan estar abiertos los minimarket, los supermercados, las tiendas del comercio, tanto el viernes 16 porque es solo feriado legal y el s\u00e1bado 17 que no es d\u00eda feriado\u201d, confirm\u00f3 Sierra.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La due\u00f1a del supermercado Marvin, Sonia Quiroga, coment\u00f3 \u201cEste 18 y 19 llamamos a todos los comerciantes a que a todos sus trabajadores les respeten sus feriados, y que el que quiere trabajar, debe hacerlo el due\u00f1o. En nuestro caso, nuestro local va a estar atendido por nosotros los d\u00edas 18 y 19 y esperamos que todos respeten de la misma forma\u201d. En este sentido, es necesario aclarar que las tiendas atendidas por sus propios due\u00f1os y\/o familiares directos s\u00ed pueden abrir los feriados obligatorios e irrenunciables de Fiestas Patrias. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><u>Horarios y multas en el comercio<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Son considerados como trabajadores\/as del comercio quienes laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta directa al p\u00fablico de las mercader\u00edas o productos que en ellos se ofrecen.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre las multas, la Directora regional Victoria Sierra explic\u00f3, \u201cEn el caso que no se cumplan estos derechos, los empleadores se exponen a multas que van desde las 5 UTM hasta las 20 UTM por cada trabajador que constatemos trabajando, prestando servicio\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La infracci\u00f3n al feriado obligatorio e irrenunciable y al descanso alternado impone multas de (valor de la UTM en septiembre de 2022: 59.595 pesos):<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\u00a0\u00a0Microempresa: 5 UTM ($297.975)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\u00a0\u00a0Peque\u00f1a empresa:5 UTM ($297.975)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\u00a0\u00a0Mediana empresa:10 UTM ($595.950)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\u00a0\u00a0Gran empresa: 20 UTM ($1.191.900)<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre las excepciones de este feriado obligatorio e irrenunciable, est\u00e1n los trabajadores\/as que se desempe\u00f1an en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espect\u00e1culos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aer\u00f3dromos civiles p\u00fablicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, farmacias de urgencias y de turno definidas por la autoridad, expendios combustibles y las llamadas \u201ctiendas de conveniencia\u201d adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados all\u00ed mismo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como compensaci\u00f3n para los trabajadores\/as del comercio excluidos del feriado obligatorio e irrenunciable, est\u00e1 vigente una norma que se\u00f1ala que tendr\u00e1n derecho a tomar descanso en los d\u00edas feriados (en este caso, 18 y 19 de septiembre) a lo menos una vez cada dos a\u00f1os si contin\u00faan contratados por el mismo empleador; pudiendo pactar con \u00e9l la rotaci\u00f3n del personal necesaria para este fin (Inc. 2\u00b0, Art. 2, Ley 19.973). Esto significa, por ejemplo, que si un trabajador labor\u00f3 el 18 y 19 de septiembre del 2021 y contin\u00faa trabajando para el mismo empleador, durante este a\u00f1o 2022 tendr\u00e1 derecho a descansar en estas festividades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cabe recordar que en el C\u00f3digo del Trabajo existen 5 feriados irrenunciables y obligatorios para todos los trabajadores\/as del comercio. Adem\u00e1s del 18 y 19 de septiembre, los otros son el 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El viernes 16 de septiembre es feriado legal, pero al no ser obligatorio ni irrenunciable, el comercio en general puede abrir. La Direcci\u00f3n del Trabajo tendr\u00e1 habilitado el tel\u00e9fono 6004504000 y\u00a0www.direcciondeltrabajo.cl\u00a0para la realizaci\u00f3n de denuncias. 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