{"id":21698,"date":"2022-08-01T22:23:54","date_gmt":"2022-08-02T02:23:54","guid":{"rendered":"https:\/\/tehuelchenoticias.cl\/nuevo_sitio\/?p=21698"},"modified":"2022-08-01T23:06:01","modified_gmt":"2022-08-02T03:06:01","slug":"aumento-subsidio-sueldo-minimo-para-pymes-reajuste-agosto-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tehuelchenoticias.cl\/nuevo_sitio\/2022\/08\/01\/aumento-subsidio-sueldo-minimo-para-pymes-reajuste-agosto-2022\/","title":{"rendered":"AUMENTO SUBSIDIO SUELDO M\u00cdNIMO PARA PYMES REAJUSTE AGOSTO 2022"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este lunes 01 de agosto, acorde a la Ley\u00b0 21.456 publicada el 26 de mayo de 2022 en el Diario Oficial, se reajustar\u00e1 el ingreso m\u00ednimo a $400.000, con lo que se generar\u00e1 a la vez un aumento en el Subsidio al Sueldo M\u00ednimo para Mypymes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el pa\u00eds, existen 215.393 empresas que son potenciales beneficiadas (un total de 569.546 trabajadores). Hasta el 1 de agosto 2022 al mediod\u00eda, &nbsp;el subsidio ha sido solicitado por 112.715 empresas (334.881 trabajadores), lo que corresponde a un 52,3% del total a alcanzar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfEn qu\u00e9 consiste el subsidio?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es un subsidio <strong>temporal <\/strong>(se entrega hasta abril 2023) mensual<strong>, <\/strong>orientado a Micro, Peque\u00f1as y Medianas empresas (Mipymes) para apoyarlas en el pago del nuevo sueldo m\u00ednimo establecido en la Ley N\u00b021.456.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este subsidio <strong>llega a <\/strong><strong>la empresa<\/strong><strong>, no al trabajador<\/strong>. Es decir, los trabajadores van a recibir su sueldo m\u00ednimo sin importar la empresa en la que trabaje.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfEn cu\u00e1nto aumenta el Subsidio al Sueldo M\u00ednimo?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre mayo y julio de 2022 el monto correspond\u00eda a $22.000. Ahora, con el reajuste al sueldo m\u00ednimo, el subsidio considera un monto de <strong>$26.000 entre agosto 2022 y abril 2023. <\/strong>En caso de que el IPC anual aumente m\u00e1s de un 7%, y con ello el sueldo m\u00ednimo suba a $410.000, el subsidio se reajustar\u00eda a $32.000 entre enero y abril 2023.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfCu\u00e1les son los requisitos para acceder al beneficio?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Podr\u00e1n acceder a este beneficio las Mypimes que cumplan con los siguientes requisitos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Tener inicio de actividad en Primera Categor\u00eda, como persona natural o jur\u00eddica, incluidas las cooperativas, considerando:<ul><li>Si el inicio de actividades fue el a\u00f1o 2021, se considerar\u00e1n los ingresos proporcionales a los meses en que la Mipyme tuvo actividad.<\/li><\/ul><ul><li>Si el inicio de actividades es entre mayo y julio de 2022, podr\u00e1n acceder al beneficio a partir de agosto de 2022 o desde el mes posterior al que cuente con tres meses de ventas del giro consecutivos.<\/li><\/ul><\/li><li>Las ventas y servicios del giro, del a\u00f1o 2021, de la Mipyme que solicita el beneficio deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF.<\/li><li>En el caso de la persona jur\u00eddica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022, solo se considerar\u00e1 que tengan inicio de actividad de primera categor\u00eda, sin tener que acreditar ingresos por ventas y servicios.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfC\u00f3mo solicitar el subsidio?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>El subsidio <strong>se solicita por una sola vez<\/strong> a trav\u00e9s de una plataforma dispuesta por el SII <strong>desde el 14 de junio de 2022<\/strong> y existe un plazo de 90 d\u00edas para solicitarlo. Si el inicio de actividades es posterior al 30 de abril de 2022, tambi\u00e9n hay un per\u00edodo de 90 d\u00edas para realizar la solicitud.<\/li><li>Transcurrido ese periodo, la plataforma del SII estar\u00e1 habilitada a partir del d\u00e9cimo d\u00eda de cada mes y hasta el \u00faltimo d\u00eda de dicho periodo, para consultar el estado del monto y pago de las solicitudes en curso.<\/li><li>El beneficio de junio de 2022 y de los siguientes meses hasta abril de 2023, se pagar\u00e1n autom\u00e1ticamente hasta el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil del mes.<\/li><li>Para acceder al beneficio, las empresas solo deben ingresar el Rut, con el cual el sistema realizar\u00e1 los cruces correspondientes con la informaci\u00f3n de la AFC y del inicio de Actividades e ingresos de la Mipyme, disponible en el mismo SII (sii.cl).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfCu\u00e1l es el monto al que puedo acceder?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Al autenticarse, con su clave tributaria o clave \u00fanica, en lap\u00e1gina se informar\u00e1 autom\u00e1ticamente si la empresa es parte de los beneficiarios y el monto del subsidio al que podr\u00e1 acceder.<\/li><li>Para realizar el c\u00e1lculo, se determinar\u00e1 un <strong>mes base<\/strong>. Para las empresas con inicio de actividades hasta el 1 de marzo de 2022 ser\u00e1 aquel con mayor N\u00b0 de trabajadores con sueldo m\u00ednimo con o sin gratificaciones entre enero y abril de 2022, considerando a <strong>todos <\/strong>los trabajadores que tuvieron ingresos imponibles en los siguientes tramos: <strong>e<\/strong><strong>ntre $349.000 y $351.000 o $436.500 y $438.500 <\/strong>(de acuerdo con la informaci\u00f3n entregada por AFC al SII)<strong>.<\/strong><\/li><li>As\u00ed, el subsidio entre mayo y julio 2022 correspondi\u00f3 a $22.000 multiplicado por el n\u00famero de trabajadores. <strong>Con el reajuste, el monto ascender\u00e1 a un aporte de $26.000<\/strong> por el N\u00b0 de trabajadores con sueldo m\u00ednimo, entre los meses de agosto 2022 y abril 2023.<\/li><li>Desde agosto se aplicar\u00e1<strong> el Factor de Empleo, <\/strong>que recoger\u00e1 las variaciones en el n\u00famero de trabajadores contratados por la empresa, aplic\u00e1ndose al subsidio en aquellos meses en que var\u00eda el n\u00famero de trabajadores respecto del mes base. Este factor de empleo se actualizar\u00e1 con los datos proporcionados por la AFC.<ul><li>As\u00ed, el monto del subsidio <strong>ser\u00e1 variable mes a mes<\/strong>, dependiendo de la cantidad de trabajadores contratados con sueldo igual o mayor al sueldo m\u00ednimo para el mes informado por AFC al momento del c\u00e1lculo, sobre la cantidad total de trabajadores del mes base con sueldo igual o mayor al sueldo m\u00ednimo.<\/li><\/ul><\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>En el caso de las empresas que pertenecen al rubro Hoteler\u00eda y Producci\u00f3n de Eventos, e iniciaron actividades hasta el 28 de febrero de 2022, la Ley establece que, en forma excepcional, se podr\u00e1 considerar como mes base septiembre de 2019, en caso de que sea m\u00e1s beneficioso para la empresa (si en ese mes ten\u00eda m\u00e1s trabajadores con sueldo m\u00ednimo con o sin gratificaciones que entre los meses de enero y abril de 2022).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>No acceder\u00e1n al beneficio:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, donde el due\u00f1o es el \u00fanico trabajador o la Sociedad por Acciones, en la que uno de los accionistas sea el \u00fanico trabajador.<\/li><li>Las empresas que tengan inicio de actividad desde del 30 de abril de 2022 y en la que un socio o accionista sea persona jur\u00eddica.<\/li><li>Empresas que tengan c\u00f3digo de actividad financiera y de seguros registrado en el SII.<\/li><li>Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022 solo podr\u00e1n acceder entre enero y abril de 2023 en caso de que el sueldo m\u00ednimo aumente a $410.000 (con un IPC de 7%). <strong>Si no se produce ese aumento, no est\u00e1n incluidas en el beneficio.<\/strong><\/li><\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este lunes 01 de agosto, acorde a la Ley\u00b0 21.456 publicada el 26 de mayo de 2022 en el Diario Oficial, se reajustar\u00e1 el ingreso m\u00ednimo a $400.000, con lo que se generar\u00e1 a la vez un aumento en el Subsidio al Sueldo M\u00ednimo para Mypymes. 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